domingo, 15 de junio de 2014

CONOCIENDO NUESTRO PRIMER CONTRATO DE TRABAJO

Después de dos semanas sin publicar un post se que estoy en falta con ustedes, los motivos son muchos pero me he estado organizando en todo para poder compartirles temas muy interesante y sobre todo poder llegar a mas personas, en este fin de semana opte por el tema "conociendo nuestro primer contrato" ya que me imagino que en algún momento de nuestra vida hemos firmado uno sin conocer exactamente su contenido y  basándome en mi experiencia con mi primer contrato de trabajo me decidí compartirles algunos punto que debemos tomar en cuenta.



Luego de haber sido admitidos en la empresa a la que postulamos, el primer paso para formalizar la nueva relación laboral es celebrar un contrato de trabajo.

El contrato es el documento que establece las principales reglas de juego para el trabajador y para el empleador, que regirán a lo largo de a relación laboral. Percatémonos de que estas no serán las únicas, pues la empresa entregara su reglamento interno de trabajo, cuyo cumplimiento es obligatorio.

El contenido mínimo del contrato es el siguiente:
  1. Nuestros datos personales: Revisemos y leamos con cuidado que nuestro nombre, DNI y domicilio sean los correctos. Si somos ciudadanos extranjeros, la empresa debe cuidar que coincida dicha información con nuestro pasaporte.
  2. Clausula que describe a las partes: Detalla el negocio de la empresa y su necesidad de contar con alguien que posea nuestras habilidades. Seguidamente, se hace alusión a nosotros como la persona con el perfil que necesitan.
  3. El cargo que ocuparemos: Es importante que la denominación de nuestro puesto de trabajo coincida con la ofrecida y con todo documento que luego emita la empresa.
  4. Contrato temporal: Si nuestra relación laboral se sujeta a un plazo, es obligación de la empresa indicar en el contrato, con claridad, cuál es la razón que genero la necesidad de contratarnos. 
  5. Periodo de prueba: Encontrarse a prueba supone que, ya registrado en planilla, existe un periodo durante el cual podemos ser separados sin pago de indemnización alguna. La ley señala que este período para todo trabajador, en principio, es de tres meses y aplica así no se indique en el contrato de trabajo. Si tenemos un cargo de confianza o de dirección, el período de prueba puede durar hasta seis o doce meses, respectivamente.
  6. Remuneración: En esta clausula se indica cuanto ganaremos por nuestro trabajo y con que frecuencia, semanal, quincenal o mensual. Si la empresa nos otorga algún beneficio adicional, este deberá incluirse en el contrato de trabajo.
  7. Indicación de nuestros derechos y obligaciones: La empresa enumera nuestras principales obligaciones como trabajadores. En este punto se mencionaran las mas relevantes:
  • Horario de trabajo: Se indica a qué hora ingresamos, cuánto dura el refrigerio y a qué hora nos podemos retirar. Además, menciona la retribución del tiempo extra, en caso no asumamos un cargo como gerentes, o si laboramos fuera de la oficina o carecemos de un supervisor que monitoree nuestra labor.
  • Cláusula de confidencialidad y exclusividad: Aquí se exige al trabajador que guarde reserva de la información a la que accederá en la empresa, inclusive luego de concluida su relación laboral.
  • Uso de herramientas de trabajo: Se indica que debemos manejar con cuidado y solamente para propósitos laborales los equipos que el empleador nos proporcione.
     8. Seguridad y salud en el trabajo: En este punto se enumeran las recomendaciones en materia de seguridad y salud ocupacional con relación a nuestro cargo.

Recuerda: No olvidemos que, para ser válido, el contrato requiere un acuerdo de partes. Por ello, antes de estampar nuestra firma, leámoslo bien y preguntemos con detalle si es que no entendemos alguna disposición que se nos presente



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